Azerbaiyán insiste en que la Constitución de la República de Armenia es un obstáculo para el acuerdo de paz porque supuestamente contiene reivindicaciones territoriales sobre Azerbaiyán. Así lo afirmó el primer ministro armenio, Nikol Pashinyan, durante su discurso en la 79ª sesión de la Asamblea General de la ONU en Nueva York el jueves. “Sin entrar en detalles, quiero decir que en nuestra Constitución no hay nada de eso, no hay reivindicaciones territoriales sobre Azerbaiyán, y podemos presentar pruebas escritas detalladas al respecto a todos nuestros socios internacionales interesados. Además, es la Constitución de Azerbaiyán la que contiene reivindicaciones territoriales sobre la República de Armenia y también podemos presentar argumentos escritos al respecto a todos nuestros socios internacionales interesados. Pero presten atención: no consideramos que la Constitución de Azerbaiyán sea un obstáculo para el Acuerdo de Paz por la sencilla razón de que la parte acordada del borrador del Acuerdo de Paz contiene un texto que resuelve el problema y ese texto es el siguiente: “Ninguna de las Partes puede invocar las disposiciones de su legislación interna como justificación para el incumplimiento del presente Acuerdo”, agregó Pashinyan. Señaló que la firma de este acuerdo abordará las preocupaciones tanto de Armenia como de Azerbaiyán y creará garantías jurídicas para abordarlas de manera fundamental. " Y como en otros casos, después de firmar el Acuerdo de Paz con Azerbaiyán, debemos presentarlo al Tribunal Constitucional para verificar la conformidad del Acuerdo con la Constitución de la República de Armenia. Si nuestro Tribunal Constitucional decide que el Acuerdo de Paz con Azerbaiyán está en contradicción con la Constitución de la República de Armenia (aunque nuestros expertos aseguran que no es probable que suceda), entonces nos enfrentaremos a una situación específica en la que serán necesarios cambios constitucionales para lograr la paz. Y si nuestro Tribunal Constitucional decide que el Acuerdo cumple con la Constitución de la República de Armenia, entonces no habrá barreras para la ratificación en el Parlamento de Armenia, y aquí entra en juego una circunstancia extremadamente importante. Según el párrafo 3 del artículo 5 de la Constitución de la República de Armenia, los acuerdos internacionales ratificados tienen precedencia sobre la legislación interna de la República de Armenia y, por lo tanto, después de la firma y ratificación del Acuerdo de Paz con Azerbaiyán, teóricamente, incluso si hubiera leyes que pudieran interpretarse como que contienen reivindicaciones territoriales, estos documentos estarían subordinados al Acuerdo de Paz Armenia-Azerbaiyán y automáticamente no tendrían fuerza legal. "La misma lógica se aplicaría, por supuesto, a Azerbaiyán", añadió el primer ministro de Armenia.